Irán a prisión por capturar ilegalmente langosta en la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno


La Paz, BCS.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), informa de la sentencia a prisión, pago de reparación de daño de más de 70 mil pesos y la suspensión de derechos políticos y civiles –impuesta por un Juez de Control–, al encontrar responsables a dos personas en el delito contra la biodiversidad, por la posesión ilícita de más de 80 kilos de Langosta (Panulirus Interruptus), en Baja California Sur.
Al ser parte del procedimiento penal, en carácter de parte ofendida como representante de la sociedad y en coadyuvancia del Ministerio Público de la Federación, esta Procuraduría y la Fiscalía aportaron los elementos necesarios para que la autoridad judicial emitiera un fallo condenatorio, ante la afectación en contra de la vida silvestre marina.
Los hechos ocurrieron en octubre de 2017, dentro de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno, frente a las costas de Guerrero Negro, municipio de Mulegé, Baja California Sur.
Inspectores de PROFEPA observaron una embarcación con personas a bordo y equipo de buceo, se acercaron para realizar una revisión de rutina; sin embargo, al notar la presencia de la autoridad, encendieron el motor de su embarcación y huyeron a toda velocidad.
Luego de una persecución fueron detenidas y trasladadas a la ciudad de La Paz, B.C.S., para ser puestos a disposición de la autoridad ministerial, al ser sorprendidas en flagrancia, en posesión de 85 kilogramos de Langosta (Panulirus Interruptus).
La PROFEPA, en su carácter de ofendida y en coadyuvancia con el Ministerio Público de la Federación, participó durante el juicio desde la audiencia inicial hasta lograr el fallo condenatorio por el delito contra la biodiversidad.
El Juez de Control determinó una condena para cada una de las personas de 3 años de prisión, multa por $73,602.75 y la reparación del daño ambiental. La condena considera también, la suspensión de sus derechos políticos y civiles.
El Código Penal Federal establece en su artículo 420, fracción II Bis, que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente a trescientos a tres mil días multa, a quien:
Ilícitamente, de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón, camarón, pepino de mar y langosta, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 10 kilogramos de peso.
La PROFEPA refrenda su compromiso de representar a la sociedad a fin de defender el derecho de todo individuo a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.

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